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Alcohol cero en provincia de Buenos Aires

En la provincia de Buenos Aires rige el alcoholemia cero. Se trata de una medida implementada a través de la Ley 15402, que modificó el Código de Tránsito Provincial. Con esta normativa rige en las rutas bonaerenses la tolerancia cero a los conductores que hayan consumido alcohol o algún otro tipo de sustancia que altere los sentidos al manejar. En caso que ante un control de alcoholemia la Policía o la Agencia de Seguridad Vial detecte niveles superiores a los permitidos, hay graves sanciones, como multas y hasta inhabilitación para conducir.

Alcoholemia cero en provincia de Buenos Aires

En diciembre de 2022 la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires aprobó el proyecto de alcoholemia cero. La legislación se encuentra vigente e implementa la tolerancia cero al alcohol en todas las rutas bonaerenses. Para quienes cometan infracciones a la normativa hay graves sanciones. La ley prevé multas de tránsito, arresto, inhabilitación para conducir, y la obligación de realizar cursos de seguridad vial.

¿Cuál es la tolerancia? La Ley prevé tolerancia cero en la Provincia de Buenos Aires. Esto significa que no existen niveles permitidos según la categoría del conductor, como ocurre aún en la ciudad de Córdoba, por ejemplo. Allí, a los conductores particulares se les admite hasta cierta tasa de alcohol en sangre. En las rutas bonaerenses no se puede superar el cero.

¿La Ley sólo regula el consumo de alcohol? No, la legislación también prevé sanciones y prohibición de conducir para quienes hayan consumido medicamentos, estupefacientes u otras sustancias que alteren la capacidad de manejar. Por ejemplo, el haber ingerido drogas está sancionado.

Así lo dice la Ley 15402: “Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre. Así también está prohibido conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la Autoridad de Aplicación, con intervención del Ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir.

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¿Desde cuándo rige el alcoholemia cero en las rutas bonaerenses? La Ley de alcohol cero en Provincia de Buenos Aires entró en vigencia a partir de enero del 2023.

Controles de alcoholemia. La legislación establece que los agentes de tránsito utilizarán alcoholímetros que permitan averiguar qué grado de alcoholemia presenta el conductor. Pero también podrá hacerse uso de un certificado médico que acredite el consumo de alcohol.

¿Qué sanciones hay? Los automovilistas están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia. En caso de negativa o resistencia constituye una falta grave. Esto habilita a los inspectores la retención preventiva de la licencia de conducir y hasta la inhabilitación para manejar por cierto tiempo. Además se aplican multas de tránsito, y hasta pueden determinar el arresto o la obligación de realizar cursos de educación vial.

La inhabilitación para conducir se aplica en conjunto con la multa. El plazo de no poder manejar podrá ser de:

  • Tres (3) meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia de hasta cuatrocientos noventa y nueve (499) miligramos por litro de sangre;
  • Seis (6) meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre, hasta novecientos noventa y nueve (999) miligramos por litro de sangre;
  • Doce (12) meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia superior a mil (1.000) miligramos por litro de sangre, hasta mil quinientos (1.500) miligramos por litro de sangre;
  • Dieciocho (18) meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia superior a los mil quinientos (1.500) miligramos por litro de sangre;
  • Dieciocho (18) meses para el caso de que el conductor se negare u obstaculizare la realización de las pruebas expresamente autorizadas, destinadas a determinar el estado de intoxicación alcohólica o por otras sustancias para conducir.

Cursos de educación vial. Durante el primer año de vigencia de la ley de alcoholemia cero en la Provincia de Buenos Aires, quienes no superen los cuatrocientos noventa y nueve (499) miligramos por litro de sangre sólo serán sancionados con la obligación de realizar una capacitación de seguridad vial. Luego de dicho plazo, el curso será adicional a la multa para todos los casos.

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