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Multa por luces diurnas en Córdoba

¿Aceptan las luces diurnas en Córdoba? Hace algunos años está vigente la discusión en torno a qué tipo de luces acepta la Policía Caminera en la provincia de Córdoba. Específicamente, los automovilistas preguntan si los efectivos admiten las luces diurnas, también llamadas DRL por sus siglas en inglés.

En el año 2018 el Gobierno nacional decidió modificar la Ley de Tránsito y aceptar las luces DRL en todas las rutas del país, tal como está publicado en el Boletín Oficial. Este cambio entró en vigencia, los municipios y provincias que adhieren a la normativa se sumaron a este cambio. Sin embargo, casos como Córdoba, no se acoplaron al cambio en la legislación.

Entonces, ¿Qué pasa con las luces diurnas en Córdoba?

Luces diurnas en Córdoba y multas

Las luces diurnas son un tipo de iluminación que poseen de fábrica los nuevos vehículos. Las automotrices implementaron este sistema que permite la visibilidad del vehículo durante el día, cuando no hay necesidad de gran poder de iluminación. Cumplen con el objetivo que se pueda apreciar el auto en la ruta, y además gasta menos energía.

Por ello, las autoridades a nivel nacional optaron por admitir este nuevo sistema de iluminación en los vehículos y sumarlo como una alternativa en la Ley Nacional de Tránsito. Las luces DRL o luces diurnas, cabe aclarar, están permitidas para su uso en la ruta o autopista durante el día, de allí su nombre. Por la noche o en momento cuando hay menor visibilidad, como la noche o durante la lluvia, establece el uso de luces bajas.

El Gobierno de la Provincia de Córdoba decidió no adoptar esta reglamentación. Y el Estado cordobés tiene jurisdicción sobre todas las rutas dentro de su territorio, incluidas las nacionales, por orden constitucional. Por lo tanto, en esos caminos rige la legislación provincial y no la ley nacional. Así las cosas, no se aceptan las luces diurnas en Córdoba.

Como consecuencia, la Policía Caminera de Córdoba tiene la posibilidad de labrar un acta de constatación. Esto es ya que circular con luces diurnas se toma como una infracción. Es decir, los agentes te pueden hacer una multa de tránsito.

La multa aplica tanto en rutas provinciales como nacionales por lo antes mencionado. Así como en cualquier ruta, autovía o autopista de todo el territorio cordobés. Y ocurre tanto si circulas durante el día o la noche.

Entonces, ¿Cómo evitar la multa de la Caminera? Para ello, conviene consultar qué dice la Ley de Tránsito Córdoba sobre el uso de las luces.

luces diurnas
Las luces diurnas están incorporadas de fábrica en la Fiat Toro, por ejemplo.

Ley de Tránsito en Córdoba y las luces

La legislación provincial establece una serie de exigencias para los automotores que circulan por la provincia. Por un lado, determina requisitos para viajar a Córdoba, como la licencia de conducir, cédula y comprobante de seguro, entre otro tipo de documentación. Pero por otro lado, la Ley de Tránsito también impone que los vehículos utilicen cierto tipo de luces.

El artículo 74 de la normativa menciona lo siguiente:

Artículo 74.- USO OBLIGATORIO DE LUCES.

1.- Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol, o a cualquier hora del día en rutas nacionales o provinciales en sus tramos interurbanos, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal “de uso obligatorio de luz baja”, deben llevar encendida y totalmente limpia la luz que corresponda, de acuerdo con lo que se establece a continuación:

a) La luz baja, las luces de posición y la luz de chapa de dominio, son de uso obligatorio y deben permanecer encendidas
simultáneamente.

b) Luz alta: Se usa en lugar de la luz baja, cuando sea necesaria por razones de visibilidad, cumpliendo las condiciones de simultaneidad del punto anterior, estando prohibido su uso en zonas urbanas y cuando, en zona rural, haya vehículos circulando en sentido contrario, o se transite detrás de otro.

2.- También, deberán llevar encendidas, durante todo el día, las luces bajas:

a) Las motocicletas que circulen por cualquier tipo de vía objeto de esta Ley y de su Reglamentación.

b) Todos los vehículos que circulen por un carril reversible, o en sentido contrario al que normalmente se utiliza en la calzada
donde se encuentre situado.

3.- También es obligatorio utilizar las luces indicadas en el inciso 1.- de la presente, más las luces de niebla, cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga.

Ley 9169

Cabe destacar que la norma menciona a las luces bajas, pero en ningún momento a las diurnas. Además, en el Codificador de Infracciones de Tránsito de Córdoba, encontramos que bajo este concepto establece multas para automovilistas.

Multas por luces diurnas en Córdoba

En Córdoba, el Codificador de Infracciones de Tránsito estipula cuáles son las multas, el valor que tienen y cuántos puntos descuentan de la licencia de conducir. Asimismo, puede determinar si un conductor puede perder su registro por cometer una infracción, o quedar inhabilitado por un cierto tiempo.

Entre las infracciones de tránsito que menciona se encuentra el circular sin luces bajas. Este mismo ítem toma como referencia la Policía Caminera para realizar las multas a quienes utilizan las luces diurnas o DRL.

La infracción por no usar las luces bajas se considera grave. La multa tiene una sanción entre 100 y 200 UF, y descuenta 4 puntos del carnet de conducir. Podemos ver un ejemplo a continuación:

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Multa de la Caminera por usar luces diurnas en Córdoba y no luces bajas (Foto: Matías Antico)

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Comentarios

12 respuestas a “Multa por luces diurnas en Córdoba”

  1. Eduardo francisco aris

    Es totalmente insólito que circular con LUCES DIURNAS O DRL, autorizadas por LEY NACIONAL, sean desautorizadas para viajar de día en CARRETERAS NACIONALES en la Provincia de Córdoba.
    Y que por esa causa apliquen altas multas .

  2. Mariano

    Mañana a Córdoba se le ocurre usar un DNI cordobés y el DNI nacional que ya tenemos no servirá para dentro de la provincia? Son impresentables los cordobeses. Hagan algo, pongan una aduana en casa limite provincial, para que además de presentar los papeles correspondientes, AVISEN a la gente que dentro de territorio cordobés, hacen lo que se tiene la gana, sin importar lo que diga una ley nacional.

  3. Juan Angel RODRIGUEZ

    Viajando por altas cumbres el 01 de mayo de 2024, a las 16.00 hs., me detuvo la Policía Caminera de Córdoba y me levanto una infracción por no traer las luces bajas encendidas. Trate de explicarle a la oficial que me infracciono que venia con las luces automáticas (luces diurnas o DRL).
    La última modificación a la Ley Nacional de Tránsito (24.449) estableció que para circular de día en rutas nacionales las luces bajas ya no son la única alternativa. Ahora también se pueden utilizar las diurnas o DRL (por Daytime Running Light).
    Cordoba adhiere a la ley Nacional de Transito o los que no somos de Cordoba tenemos que regirnos por la Ley Nacional de transito para circular en todo el País y estudiar la ley de transito de Cordoba para visitarlos.?
    Realmente me parece un abuso con fines recaudatorios que sancionen a quienes venimos por trabajo o turismo a visitar esta hermosa provincia
    seria mucho mas útil controlar los excesos de velocidad que son muchos y ponen en peligro la vida de los que circulamos por las rutas.
    Pensé presentar el descargo correspondiente porque me parecía un error, después de leer esta pagina me di cuenta que soy una victima mas de la burocracia recaudadora.

  4. Daniel

    Es un robo flagrante y asqueroso. Lo único q importa es recaudar. Hay q ser muy pelotudo p no darse cuenta q las diurnas son mas q suficientes. Mafiosos , excrementos. Mientras lis vijilantes labran actas, sus mujeres juegan al sexo violento es sus casas. Miserables!!

  5. Guillermo Jordan

    El mismo oficial te indica que realizes el descargo, mencionando que la ley nacional de transito habilita el uso de DLR, que en algunos casos y dependiendo el juez acepta el descargo. Hermoso hasta el momento que uno se registra en CIDI nivel 2 y te aparece el carte informando lo siguiente:

    DESCARGO – PRUEBA

    Con el descargo, el administrado podrá acompañar la prueba que estime pertinente e idónea a los fines de poder contradecir lo constatado en el acta, existiendo amplia libertad probatoria. (Artículo 40 Ordenanza 12.010.). Se recuerda al administrado que la presentación del descargo implica renuncia al beneficio del pago voluntario

    SON UNAS LACRAS RECAUDADORAS CAMINERA + TRIBUNAL DE FALTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

  6. Alejandro

    Acabo de ver los comentarios. En el dia de hoy me hicieron un acta por mismo motivo. Cordoba adhirio a la ley nacional de transito por Ley 9878 del 22 de Diciembre del 2020 y en ningun momento restringio o dejo de lado el Art. 47 Inc.A que acepta DRL o luces diurnas desde el año 2017. Dicho lo cual esas actas son ILEGALES a mi mejor saber y entender. Ni hablar de la pretension a que uno renuncie a sus jueces naturales, por distancia desde el domicilio lo cual es totalmente anticonstitucional.

    1. Buen día, soy otro estafado por la policía cordobesa, alguien tiene un descargo modelo ? Las dlr iluminan de día mucho mejor que las bajas de algunos autos que parece que tuvieran dos velas. Si es así como decís que adhirió a la ley nacional, la multa no tiene razón de ser.

    2. Ma Emilia

      Hola Alejandro. Quisiera saber como continuó tu sanción. No sé si a”cogerme” al pago voluntario, o ir hasta las últimas consecuencias. También circulaba con luces diurnas. Gracias

  7. Mi abuelo decía “cordobés que nace bueno, a los cuatro años se muere”…

  8. Federico perez

    CÓRDOBA UNA VERGÜENZA!, LA TECNOLOGÍA DE LOS VEHÍCULOS AVANZAN EN TODO EL MUNDO, y los nuevos vehículos están preparados con luces duermes, o llamadas DDR, con sistemas led súper potentes. LA NACIÓN SE ADHIERE COMO DEBE SER Y EN CÓRDOBA SRGUIMOS SIENDO LOS MISMOS RETRÓGRADOS DE SIEMPRE, en vez de avanzar retrocedemos, una vergüenza.

  9. MIGUEL SANCHEZ BURGOS

    EL MIERCOLES 10 DE JULIO ME LABRARON UN ACTA DE INFRACCION POR CIRCULAR SOLO CON LAS LUCES DIURNAS EN LAS SIERRAS DE CORDOBA. AL SER REQUERIDO POR EL POLICIA QUE INTERVINO, EL MISMO ME DIJO QUE CIRCULAR CON ESAS LUCES Y NO CON LAS LUCES BAJAS ENCENDIDAS CONSTITUIA UNA INFRACCION Y QUE ME LABRARIAN UN ACTA DE CONSTATACIÓN… AL RESPECTO LE INDIQUÉ QUE LO QUE LABRARIAN NO ERA UNA SIMPLE ACTA DE CONSTATACION SINO LISA Y LLANAMENTE UN ACTA DE INFRACCION, YA QUE MEDIANTE LA MISMA LA POLICIA ME IMPONIA ARBITRARIAMENTE UNA INFRACCION, INDICANDOME EL IMPORTE DE A MISMA, EXTREMO QUE NO DEBERIA FIGURAR EN EL CASO DE TRATARSE DE UNA SIMPLE ACTA DE CONSTATACIÓN. A SU VEZ LE INDIQUÉ AL POLICIA QUE LAS LUCES DIURNAS ESTABAN AUTORIZADAS POR LA LEY NACIONAL 24449, QUE SE TRATABA DE UNA RUTA NACIONAL Y QUE CORDOBA ESTABA ADHERIDA A ESA LEY EN TODOS SUS TERMINOS, MAS ALLA DE QUE ELLOS INVOCARAN LA LEY PROVINCIAL DE TRANSITO… LO MAS INDIGNANTE FUE CUANDO ME DIJO QUE PODIA SOLUCIONAR EL TEMA HACIENDO UN DESCARGO ANTE EL JUEZ DE FALTAS DE MI DOMICILIO, EXTREMO QUE NO ES ASI PQ EL JUEZ DE FALTAS DE MI CIUDAD (LA RIOJA) NO ES COMPTENTE PARA ENTENDER RESPECTO DE ACTAS DE INFRACCION LABRADAS EN OTRA JURISDICCION, SALVO QUE EXISTA UN CONVENIO QUE ASI LO AUTORICE… Y, COMO DETALLE DE COLOR,EL OFICIAL INTERVINIENTE ME INFORMÓ QUE HACER UN DESCARGO IMPLICABA LA PERDIDA DEL BENEFICIO DEL DESCUENTO DEL 50% DEL VALOR DE LA MULTA, OTORGADO SI LA MISMA ERA ABONADA VOLUNTARIAMENTE. LA VERDAD QUE TIENEN TAN ACEITADO EL SISTEMA DE RECAUDACIÓN A TRAVES DE ESTA VIA, A TODAS LUCES ARBITRARIA, INJUSTA Y HASTA, SI SE QUIERE, ILEGAL DEBIDO A QUE VA EN CONTRA DE LOS PRECEPTOS DE UNA LEY NACIONAL A LA CUAL ESA PROVINCIA ESTÁ ADHERIDA, QUE COLOCA A QUIEN CIRCULA EN UN VEHICULO POR LAS RUTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, SEAN NACIONALES O PROVINCIALES EN UNA SITUACION DE INDEFENCIÓN TOTAL, QUE LO LLEVA A OPTAR POR REALIZAR EL PAGO “VOLUNTARIO” PQ DE ANTEMANO SABE QUE EL DESCARGO SEGURAMENTE VA A SER RECHAZADO, IMPLICANDO ELLO QUE EL IMPORTE SE DUPLIQUE. GRACIAS TOTALES A LA PROVINCIA DE CORDOBA, A SU POLICIA CAMINERA Y A LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE FALTAS DE CADA MUNICIPIO CORDOBES POR HACER DE UN VIAJE DE PLACER POR TAN BELLA PROVINCIA, UNA VERDADERA PESADILLA!!!

  10. Alejandro Mitchell

    Es un robo a mano armada.. también pagué 50.000 pesos.. por miedo a que después tenga que pagar 100.000 ..
    Por favor, que alguien avise si tuvo suerte con el descargo.. para poder informarle a gente que le haya pasado lo mismo que a nosotros..

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