¿Aceptan las luces diurnas en Córdoba? Hace algunos años está vigente la discusión en torno a qué tipo de luces acepta la Policía Caminera en la provincia de Córdoba. Específicamente, los automovilistas preguntan si los efectivos admiten las luces diurnas, también llamadas DRL por sus siglas en inglés.
En el año 2018 el Gobierno nacional decidió modificar la Ley de Tránsito y aceptar las luces DRL en todas las rutas del país, tal como está publicado en el Boletín Oficial. Este cambio entró en vigencia, los municipios y provincias que adhieren a la normativa se sumaron a este cambio. Sin embargo, casos como Córdoba, no se acoplaron al cambio en la legislación.
Entonces, ¿Qué pasa con las luces diurnas en Córdoba?
Luces diurnas en Córdoba y multas
Las luces diurnas son un tipo de iluminación que poseen de fábrica los nuevos vehículos. Las automotrices implementaron este sistema que permite la visibilidad del vehículo durante el día, cuando no hay necesidad de gran poder de iluminación. Cumplen con el objetivo que se pueda apreciar el auto en la ruta, y además gasta menos energía.
Por ello, las autoridades a nivel nacional optaron por admitir este nuevo sistema de iluminación en los vehículos y sumarlo como una alternativa en la Ley Nacional de Tránsito. Las luces DRL o luces diurnas, cabe aclarar, están permitidas para su uso en la ruta o autopista durante el día, de allí su nombre. Por la noche o en momento cuando hay menor visibilidad, como la noche o durante la lluvia, establece el uso de luces bajas.
El Gobierno de la Provincia de Córdoba decidió no adoptar esta reglamentación. Y el Estado cordobés tiene jurisdicción sobre todas las rutas dentro de su territorio, incluidas las nacionales, por orden constitucional. Por lo tanto, en esos caminos rige la legislación provincial y no la ley nacional. Así las cosas, no se aceptan las luces diurnas en Córdoba.
Como consecuencia, la Policía Caminera de Córdoba tiene la posibilidad de labrar un acta de constatación. Esto es ya que circular con luces diurnas se toma como una infracción. Es decir, los agentes te pueden hacer una multa de tránsito.
La multa aplica tanto en rutas provinciales como nacionales por lo antes mencionado. Así como en cualquier ruta, autovía o autopista de todo el territorio cordobés. Y ocurre tanto si circulas durante el día o la noche.
Entonces, ¿Cómo evitar la multa de la Caminera? Para ello, conviene consultar qué dice la Ley de Tránsito Córdoba sobre el uso de las luces.
Ley de Tránsito en Córdoba y las luces
La legislación provincial establece una serie de exigencias para los automotores que circulan por la provincia. Por un lado, determina requisitos para viajar a Córdoba, como la licencia de conducir, cédula y comprobante de seguro, entre otro tipo de documentación. Pero por otro lado, la Ley de Tránsito también impone que los vehículos utilicen cierto tipo de luces.
El artículo 74 de la normativa menciona lo siguiente:
Artículo 74.- USO OBLIGATORIO DE LUCES.
1.- Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol, o a cualquier hora del día en rutas nacionales o provinciales en sus tramos interurbanos, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal “de uso obligatorio de luz baja”, deben llevar encendida y totalmente limpia la luz que corresponda, de acuerdo con lo que se establece a continuación:
a) La luz baja, las luces de posición y la luz de chapa de dominio, son de uso obligatorio y deben permanecer encendidas
simultáneamente.b) Luz alta: Se usa en lugar de la luz baja, cuando sea necesaria por razones de visibilidad, cumpliendo las condiciones de simultaneidad del punto anterior, estando prohibido su uso en zonas urbanas y cuando, en zona rural, haya vehículos circulando en sentido contrario, o se transite detrás de otro.
2.- También, deberán llevar encendidas, durante todo el día, las luces bajas:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier tipo de vía objeto de esta Ley y de su Reglamentación.
b) Todos los vehículos que circulen por un carril reversible, o en sentido contrario al que normalmente se utiliza en la calzada
donde se encuentre situado.3.- También es obligatorio utilizar las luces indicadas en el inciso 1.- de la presente, más las luces de niebla, cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga.
Ley 9169
Cabe destacar que la norma menciona a las luces bajas, pero en ningún momento a las diurnas. Además, en el Codificador de Infracciones de Tránsito de Córdoba, encontramos que bajo este concepto establece multas para automovilistas.
Multas por luces diurnas en Córdoba
En Córdoba, el Codificador de Infracciones de Tránsito estipula cuáles son las multas, el valor que tienen y cuántos puntos descuentan de la licencia de conducir. Asimismo, puede determinar si un conductor puede perder su registro por cometer una infracción, o quedar inhabilitado por un cierto tiempo.
Entre las infracciones de tránsito que menciona se encuentra el circular sin luces bajas. Este mismo ítem toma como referencia la Policía Caminera para realizar las multas a quienes utilizan las luces diurnas o DRL.
La infracción por no usar las luces bajas se considera grave. La multa tiene una sanción entre 100 y 200 UF, y descuenta 4 puntos del carnet de conducir. Podemos ver un ejemplo a continuación:
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