¿Cuándo ocurre la prescripción de las multas de tránsito en Buenos Aires? Al circular por la provincia de Buenos Aires, por ejemplo desde CABA hasta Mar del Plata, podemos recibir una multa. Un oficial de la policía o un agente de tránsito nos detiene, realiza un control, y labra un acta por algún motivo de infracción. Por ejemplo, puede ocurrir que no teníamos encendidas las luces bajas, un acompañante no llevaba el cinturón de seguridad, o circulábamos en exceso de velocidad.
Multas de tránsito provincia de Buenos Aires
Cualquiera sea la infracción, el agente o policía labra el acta y nos entrega la multa de tránsito. Aunque también puede pasar que sea una foto multa o multa por radar y nadie nos entrega la boleta, sino que lleva por correo a nuestro domicilio. En ese caso, generalmente, en provincia de Buenos Aires si no se identifica al conductor la sanción cae sobre el titular del vehículo.
Ahora bien, ¿Qué puedo hacer si recibo una multa de tránsito? Existen distintas alternativas que podemos tomar. En primer lugar, recibir la multa y abonarla, si se hace dentro de los primeros días hay un descuento por ‘pago voluntario’, reduciendo 50% el monto a pagar.
También podemos presentar un descargo, en caso que no consideremos que se deba aplicar la sanción. Esto puede ser porque recibimos una multa y el vehículo ya fue transferido, circulábamos a menor velocidad de la que acusa el radar, o por otro motivo.
¿Qué pasa si no hacemos nada? De acuerdo al área de Seguridad Vial del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de lo que establece la Ley de Tránsito, se iniciarán las acciones administrativas y judiciales para lograr el cobro de la deuda por la multa.
“Se dictará resolución por parte del Juez Administrativo y se notificará al presunto infractor para el pago efectivo de la multa. Caso contrario se procederá a su cobro por la vía de juicio de a premio (habilitando la procedencia de embargo de inmuebles y activos financieros, inhibiciones, secuestros, etc.)”, señalan las autoridades de PBA.
Prescripción de las multas en provincia de Buenos Aires
Pero, ¿Las multas de tránsito de provincia de Buenos Aires no vencen? Sí, la Ley Nacional de Tránsito, norma a la que adhiere la Provincia, indica que las multas de tránsito caducan luego de pasado cierto tiempo. Existen distintos plazos dependiendo del tipo de infracción, sea leve o grave.
La Ley 24449 establece que:
ARTICULO 89. — PRESCRIPCION. La prescripción se opera:
a) A los DOS (2) años para la acción por falta leve;
b) A los CINCO (5) años para la acción por falta grave y para sanciones;
En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.
Ley Nacional de Tránsito
Pasado el tiempo que indica la Ley la Provincia de Buenos Aires no puede exigir el pago de la multa de tránsito. Sin embargo, además del plazo de vencimiento, también debemos tener en cuenta si tiempo más tarde cometimos otra infracción, si el Juzgado de Faltas notificó de acciones legales, o el caso se encuentra en instancia judicial. Algo similar ocurre en la ciudad de Córdoba, que si bien están determinados los plazos de prescripción de las multas municipales, existen varias excepciones.
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